Es cuando el contribuyente decide suspender las actividades demanera temporal, con el fin de reiniciar sus actividades en un futuro, debiendo comunicar por escrito a Impuestos Internos cuando decidan reiniciar sus operaciones.
Artículo · Público
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Es cuando el contribuyente decide suspender las actividades demanera temporal, con el fin de reiniciar sus actividades en un futuro, debiendo comunicar por escrito a Impuestos Internos cuando decidan reiniciar sus operaciones.