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Donaciones entre Conyugues

Los conyugues podran por contrato de matrimonio hacerce el uno al otro las donaciones que consideren oportunas. El conyugue que tiene hijos de otro matrimonio no podra donar a su nuevo conyugue mas de la cuarta parte de su patrimonio. La donaciones entre esposos durante el matrimonio seran simpre revocables. Toda donacion simulada o hecha a personas superpuestas  es nula. Son personas superpuestas aquellas que son heredadas por el donante.