CAPITULO X
NORMAS GENERALES Y SANCIONES
Artículo 386. Normas Generales, Procedimientos, Infracciones Y Sanciones. Las normas generales, procedimientos, infracciones y sanciones aplicables a las diferentes modalidades de incumplimiento de las obligaciones sustantivas y deberes formales establecidos para facilitar la aplicación de este impuesto, están regidos por el Título I de este Código.
Artículo 387. Aprobación Del Reglamento Para La Aplicación De Este Impuesto. El Poder Ejecutivo dictará el Reglamento para la aplicación de este impuesto, dentro de los noventa (90) días siguientes a la promulgación de este Código.