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La Naturaleza Del Préstamo A Uso

CAPÍTULO I:
DEL PRÉSTAMO A USO O COMODATO.
SECCIÓN 1A.:
DE LA NATURALEZA DEL PRÉSTAMO A USO.

Art. 1875.- El préstamo a uso o comodato es un contrato, por el cual una de las partes entrega una cosa a otro para servirse de ella, con la obligación en el que la toma de devolverla después de haberla usado.
Art. 1876.- Este préstamo es esencialmente gratuito.
Art. 1877.- El prestador conserva la propiedad de la cosa prestada.
Art. 1878.- Todo lo que está en el comercio y que no se consume por el uso, puede ser objeto de este convenio.
Art. 1879.- Los compromisos que resultan del comodato, se transmiten a los herederos del que presta y a los del que recibió el préstamo. Pero si no se hubiere prestado sino en consideración, y personalmente al que toma el préstamo, sus herederos no pueden continuar disfrutando la cosa prestada.

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