Arts. 548 al 557 | Del testimonio
CAPITULO III: Del testimonio Art. 548.- La audición de testigos debe efectuarse en la audiencia de producción de pruebas. Sólo pue…
Artículos y análisis especializados en esta materia.
CAPITULO III: Del testimonio Art. 548.- La audición de testigos debe efectuarse en la audiencia de producción de pruebas. Sólo pue…
CAPITULO II:De la prueba escrita Art. 543.- La parte que desee hacer valer como modo de prueba un acta auténtica o privada, actas …
TITULO III: De las pruebasCAPITULO I:Disposiciones Generales Art. 541.- La existencia de un hecho o de un derecho contestado, en t…
II:De la sentencia Art. 533.- La apreciación de las pruebas, la decisión del caso y la redacción de la sentencia corresponden al j…
SECCION SEGUNDA:Del procedimiento de juicioI:De la producción y discusión de las pruebas Art. 525.- El día y hora fijados para la …
II:De la audiencia de conciliación Art. 516.- El día y hora fijado para la comparecencia, reunidos el juez y los vocales en audien…
CAPITULO III:Del procedimiento ante los juzgados de trabajoSECCION PRIMERA:Del procedimiento de conciliaciónI:Del procedimiento pr…
CAPITULO II:De las acciones y de su acumulación Art. 501.- Tiene acceso a los tribunales de trabajo, en calidad de parte, toda per…
TITULO II:Del procedimiento ante los tribunales de trabajo en los conflictos jurídicosCAPITULO I:Disposiciones generales Art. 486.…