Arts. 1300 - 1301 | La Confusión
SECCIÓN 5A.: DE LA CONFUSIÓN Art. 1300.- Cuando las calidades de acreedor y deudor se reúnan en la misma persona, se produce, de d…
Artículos y análisis especializados en esta materia.
SECCIÓN 5A.: DE LA CONFUSIÓN Art. 1300.- Cuando las calidades de acreedor y deudor se reúnan en la misma persona, se produce, de d…
SECCIÓN 4A.: DE LA COMPENSACIÓN. Art. 1289.- Cuando dos personas son deudoras una respecto de la otra, se verifica entre ellas una…
SECCIÓN 3A.: DE LA QUITA O PERDÓN DE LA DEUDA. Art. 1282.- La entrega voluntaria del título original bajo firma privada, hecha por…
SECCIÓN 2A.: DE LA NOVACIÓN. Art. 1271.- La novación se hace de tres maneras: 1a. cuando el deudor contrae una nueva deuda con el …
PÁRRAFO V: De la cesión de bienes. Art. 1265.- La cesión de bienes, es el abandono que hace un deudor de todos sus bienes a sus ac…
PÁRRAFO IV: De los ofrecimientos de pago y de la consignación Art. 1257.- Cuando el acreedor rehúsa recibir el pago, puede el deud…
PÁRRAFO III: De la aplicación de los pagos Art. 1253.- El deudor de muchas deudas tiene derecho a declarar cuando paga, cuál es la…
PÁRRAFO II: Del pago con subrogación Art. 1249.- La subrogación en los derechos del acreedor en provecho de una tercera persona qu…
SECCIÓN 1A.: DEL PAGO. PÁRRAFO I: Del pago en general. Art. 1235.- Todo pago supone una deuda: lo que se ha pagado sin ser debido,…