Cuando en empleado labora hasta sesenta y ocho horas por semana en exceso de la jornada, las horas extras se pagan con un aumento no menor del treinta y cinco por ciento sobre el valor de la hora normal; y cuando el empleado labora mas de sesenta y ocho horas durante la semana en exceso de la jornada normal, las horas extras se pagan con un aumento no menor de ciento por ciento sobre el valor de la hora normal.
Fuente: Artículo 203 del Código Trabajo.