El interes superior del niño se fundamenta en su desarrollo intergral y disfrute pleno y efectivo de los derechos fundamentales de los niños, niñas y adolescentes.
Podriamos decir que es el principio rector de la jurisdiccion de niños, niñas y adolescentes. Este principio exige que se prioricen los derechos de los niños frente a los derechos de las personas adultas, generalmente sus padres.
Para determinar el interes superior del niños, en todo caso debe tomarse en cuenta lo siguiente:
- La opinion del niño;
- La necesidad de equilibrio entre los derechos y garantias del niño y adolescente y las exigencias del bien comun;
- La condicion especifica del niño como persona en desarrollo;
- La indivisibilidad de los derechos Humanos, de acuerdo a la Convencion Internacional sobre los Derechos del Niño y
- La necesidad de priorizar los derechos del niño por encima de los derechos de los adultos.
Fuente: Ley 136-03 | Artículos: PRINCIPIO V