La Sucesion es irregular cuando el difunto no deja parientes en grado habil para sucederle, en cuyo caso la sucesion correspondera a los herederos irregulares, que son: Primero al conyugue Superviviente, y Segundo al Estado en ausencia del conyugue superviviente. El heredero irregular debe pedir la toma de posecion de los bienes al Tribunal de Primera Instancia. El tribunal no podra fallar si no se han cumplido con los siguientes requisitos: 1-Realizar tres anuncios en la prensa, 2-Fijar edictos acostumbrados, y 3-Haber oido al fiscal. El conyugue Superviviente esta obligado a dar fianza por el valor de los muebles durante un periodo de tres años.