Cuando una persona ha fallecido sin descendencia, y no ha dejado ascendencia, sus hermanos y hermanas, por derecho propio o por representacion, estan llamado a heredarle. Si ha sobrevivido solo uno de los padres, los hermanos recibirarn la 3/4 parte de la herencia. Los hermanos carnales (de padre y madre) heredan en partes iguales, y los uterinos y consanguineos cada uno en su linea. Si solo hay hermanos de una sola linea estos heredan el 100%.