Todo el que reclama la ejecución de una obligación debe probarla. El medio por excelencia para la prueba de las obligaciones es la prueba literal: el acto autentico o el acto privado.
Asimismo el que pretende estar libre de una obligación debe probar su pago o el hecho que ha producido su extinción.
El medio natural para la extinción de las obligaciones es el pago.