Los Derechos de propiedad de un tesoro pertenecen al que lo encuentra en su propiedad, y si lo encuentra en la finca de otro el tesoro pertenece por mitad al que lo ha encontrato y la otra mitad al dueño de la finca. Se considera tesoro todo lo que se encuentra escondido o enterrado y que se descubre por pura casualidad, y cuya propiedad no puede nadie reclamar.