La subrogacion es la sustitucion de una persona por otra en una relacion de derecho.
La subrogacion puede ser convencional o legal.
Es convencional cuando el acreedor recibe el pago de una tercera persona y le subroga todos los derechos, privilegios e hipotecas que tenia contra los bienes del deudor.
Tambien ocurre cuando el deduor pide una suma prestada para pagar al acreedor y le subroga a favor del nuevo acreedor los derechos que tenia el acreedor ya pagado. Esta subrogacion debe realizarce por ante notario e indicarse en el mismo acto de prestamo. No se necesita el concurso del acreedor antiguo, quien al ser pagado ya no tiene derechos contra el deudor, y pasan al nuevo acreedor.
La subrogacion legal ocurre en los siguientes caso:
-En provecho del que siendo acreedor principal paga a otro acreedor que es preferido por razon de sus privilegios e hipotecas
-En provecho de un comprador que emplea el precio de adquisicion en pago de los acreedores a quienes esta hipotecada esa propiedad
-En provecho del que tiene interes en solventar la deuda, y
-En provecho del heredero que ha pagado de su peculio las deudas de la sucesion.