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Lo que puede venderse

Todos los bienes tangibles o intangibles que esten en el comercio puden venderse, a menos que una ley diga lo contrario. Para poder venderse necesariamente deben ser bienes patrimoniales, o sea que tengan un valor,  ya que los extrapatrimoniales, aunque se les puede asignar un valor, son bienes intangibles asociados a la persona, que no son negociables, como es: el honor, el buen nombre, la fama, etc.

Solo se puede vender lo propio, o lo que estamos autorizados a vender mediante poder otorgado por el propietario. No se puede vender lo que no nos pertence, y en caso de ocurrir dicha venta la misma deviene en nulidad absoluta. Si el comprador ignora que la cosa que compra es de otro, puede dar lugar a daños y perjuicios.

No se puede vender la sucesion de una persona viva, es necesario que ocurra el evento que da lugar a la apertura de la sucesion, esto es el fallecimiento del propietario.

Por tal razon, una de las clausulas fundamentales de todos los contratos de venta es en virtud de qué el vendedor vende la cosa, ya sea por ser propietario de la misma o por estar autorizado por el propietario.

Fuente: Código Civil | Artículos:  1598 – 1601

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