Las donaciones se pueden revocar por ingratitud, en los siguientes casos: 1)-Si el donatario ha atentado contra la vida del donante; 2)-Si ha realizado contra el donante sevicias o injurias graves, y 3)-Si le rehusase alimentos. La demanda de revocacion por ingratitud no perjudica a terceros, tampoco procede contra la donacion a un matrimonio y debe realizarse dentro del año desde el dia que se conoce el delito imputado por el donante al donatario.