Es un acto emanado de la Administración Tributaria dirigido al contribuyente para que cumpla con ciertas obligaciones fiscales, conforme a lo establecido en el Artículo 54 del Código Tributario, dentro de un plazo determinado y cuya fecha de recepción da inicio al cálculo del vencimiento de los plazos establecidos en dicho acto. Es decir, implica la definición de una fecha cierta. Debe disponer de mecanismos de no repudio.