Beneficio temporal que se concede en virtud de la ley a Contribuyentes que tengan inversiones de capital intensivo o a aquellas empresas cuyo ciclo de instalación, producción e inicio de operaciones sea mayor de un año, para que determinados activos sean excluidos de la base imponible de el impuesto sobre activos, debiendo el contribuyente demostrar a tales fines que sus activos califican como de capital intensivo o provienen de una inversión cuyo ciclo de instalación es superior a un año.